sábado, 1 de febrero de 2020

PPR DE CONTROL DEL AGUA Y DEL AIRE.


Entrada 1ª.

Las MCG de este PPR se definen en el Capítulo VII del anexo II del Reglamento 852/2004 y se trata de eso MCG pero dotadas de cierta FLEXIBILIDAD:
Deberá contarse con un suministro adecuado de agua potable, que se utilizará siempre que sea necesario (FLEXIBILIDAD) para evitar la contaminación de los productos alimenticios.

Podrá utilizarse agua limpia (FLEXIBILIDAD) para los productos de la pesca enteros, y agua de mar limpia para los moluscos bivalvos, los equinodermos, los tunicados y los gasterópodos marinos vivos. También podrá utilizarse agua limpia para el lavado externo. Cuando se utilice este tipo de agua, deberá disponerse de las instalaciones adecuadas para su suministro.

Cuando se utilice agua no potable, por ejemplo, para la prevención de incendios, la producción de vapor, la refrigeración y otros usos semejantes, deberá circular por una canalización independiente debidamente señalizada.

El agua no potable no deberá contener ninguna conexión con la red de distribución de agua potable ni habrá posibilidad alguna de reflujo hacia ésta.

El agua reciclada que se utilice en el proceso de transformación o como ingrediente no deberá representar riesgos de contaminación. Deberá ser de una calidad idéntica a la del agua potable, a menos que la autoridad competente haya determinado que la calidad del agua no puede afectar a la salubridad de los productos alimenticios en su forma acabada.

El hielo que vaya a estar en contacto con los productos alimenticios o que pueda contaminarlos deberá hacerse con agua potable o, en caso de que se utilice para refrigerar productos de la pesca enteros, con agua limpia (FLEXIBILIDAD). Deberá elaborarse, manipularse y almacenarse en condiciones que lo protejan de toda contaminación.

El vapor utilizado en contacto directo con los productos alimenticios no deberá contener ninguna sustancia que entrañe peligro para la salud o pueda contaminar el producto.

Cuando se aplique el tratamiento térmico a productos alimenticios que estén en recipientes herméticamente cerrados, deberá velarse por que el agua utilizada para enfriar éstos después del tratamiento térmico no sea una fuente de contaminación de los productos alimenticios.

El documento de la Comisión añade:

Debe llevarse a cabo regularmente un análisis microbiológico y químico propio del agua que esté directamente en contacto con los alimentos (salvo el agua potable de la red pública (FLEXIBILIDAD)). La frecuencia de los análisis vendrá determinada por factores como el tipo de fuente, el uso previsto del agua, etc (FLEXIBILIDAD).

Por regla general, solo se podrá utilizar agua potable con los alimentos de origen animal (FLEXIBILIDAD quedan excluidos los de origen no animal). En otros casos deberá utilizarse agua limpia o, en su caso, agua de mar limpia. Se recomienda (FLEXIBILIDAD) encarecidamente utilizar agua potable en el lavado de frutas y hortalizas para consumo directo.

Debe evitarse la condensación.

Los sistemas de ventilación deben mantenerse limpios, para que no se conviertan en una fuente de contaminación. Respecto de las zonas de alto riesgo o de intenso mantenimiento que requieran el control del aire, debe examinarse la aplicación de sistemas de presión positiva de aire y sistemas adecuados de filtrado del aire.

Por supuesto a estas MCG habrá que añadirle las MCE derivadas de la aplicación del PRIMER PRINCIPIO y hay unas MCGE. Estas MCGE se deben tomar cuando el PRIMER PRINCIPIO así lo exija. Me refiero a al suministro adecuado de agua potable, que se utilizará siempre que sea necesario (FLEXIBILIDAD) para evitar la contaminación de los productos alimenticios. Si no existe esta posibilidad no sera necesaria el agua potable. Por ejemplo no sera necesaria el agua potable en OEA que trabajen con productos envasados que no tienen que acondicionar ningún producto alimenticio. Así mismo esta FLEXIBILIDAD se hace extensiva a los que trabajen con productos de la pesca enteros y utilice el agua para un lavado externo ya que estos podrán utilizar agua limpia. También se permite como FLEXIBILIDAD el uso de agua de mar limpia a aquellos OEA que manipulen moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos.

Luego quedarían aquellas MCE que se derivaran del PRIMER PRINCIPIO como ya se ha comentado.


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