El
siguiente contenido del APPCC debe ser el primer paso de su
elaboración. Es decir la creación de un EQUIPO RESPONSABLE de la
elaboración del APPCC, ojo, elaboración, no implantación,
implementación, vigilancia o verificación. ¿Quien redacta el texto
APPCC?. Para ello el OEA se asegurará de que dispone en su empresa
de personal con conocimientos sobre el tema que puedan elaborar un
APPCC eficaz. Normalmente esto no es así y se recurre a asesores
externos. Pero se deberá asegurar también que esta asesoría es
capaz. Algo que no siempre es así.
Para
el DOESA es el apartado: A.3 EQUIPO RESPONSABLE. Así cita que: En
este apartado se indicarán los nombres de las personas y el tipo de
responsabilidad que tienen en el diseño e implantación del Sistema
de Autocontrol. Igualmente, constará el responsable en la empresa de
la aplicación práctica del Sistema. En mi opinión los responsables
de la implantación y aplicación del APPCC varían con el tiempo.
Así que su inclusión es complicada, pero lo que no puede faltar ya
que es muy útil para el CO es el equipo que diseña el APPCC. Ese es
con el que hay que discutir desde el principio las no conformidades
teóricas.
El
CODEX mas que ocuparse de quien es el equipo se ocupa de quien lo
componen y de su calidad para este trabajo. Por ello aconseja que sea
un equipo MULTIDISCIPLINARIO, con ASESORAMIENTO ESPECIALIZADO si
este equipo tiene carencias (APLICACION.1).
Mientras
la ISO 22000 en su apartado 5 de RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCION y en
concreto en el 5.5 de LIDER DEL EQUIPO DE LA INOCUIDAD DE LOS
ALIMENTOS, en mi opinión organiza un galimatías incomestible y de
profundas raíces teóricas y confusas. Basta decir que la ISO 22000
dedica de sus 44 páginas, 20 a organización, 7 al propio APPCC y el
resto a la validación y la verificación. En resumen pocas
explicaciones sobre la elaboración del APPCC y ya se sabe, donde no
hay mata no hay patata.
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