viernes, 8 de mayo de 2026

CAPITULO 14. sistemas de Gestión de Seguridad Alimentaria. EJECUCION DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD ALIMENATRIA. Ser cocinero antes que fraile (Parte 4ª).

PROGRAMA, ÁREA O PGH DE GESTIÓN DE RESIDUOS.
CAPÍTULO VI DESPERDICIOS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS.

Los desperdicios de productos alimenticios, los subproductos no comestibles y los residuos de otro tipo se retiran al final de la jornada laboral o de los turnos de trabajo de las salas en las que estén depositados alimentos para evitar su acumulación. Los desperdicios de productos alimenticios, los subproductos no comestibles y los residuos de otro tipo se depositan en contenedores de las siguientes características ________________________________ y además están:
• provistos de cierre.
• presentan unas características de construcción adecuadas ya que son de __________________________________,
• estar en buen estado y 
• son de fácil limpieza y desinfección.
• Su diseño garantiza que se pueden mantener limpios y, 
• y libres de animales y organismos nocivos. Todos los residuos se eliminan higiénicamente, sin perjudicar al medio ambiente y no constituyen una fuente de contaminación directa o indirecta. Los residuos de diferentes tipos se eliminan de la siguiente forma:________________________________________________. 

PROGRAMA, ÁREA O PGH DE CONTROL DEL AGUA Y DEL AIRE.
CAPÍTULO VII SUMINISTRO DE AGUA 

Se dispone de un suministro adecuado de agua potable cuyo origen es: __________________________, que se utilizará para evitar la contaminación de los productos alimenticios. Este OEA utiliza/no utiliza agua limpia para los productos de la pesca enteros, y agua de mar limpia para los moluscos bivalvos, los equinodermos, los tunicados y los gasterópodos marinos vivos. También podrá utilizarse agua limpia para el lavado externo. Cuando se utilice este tipo de agua, deberá disponerse de las instalaciones adecuadas para su suministro. Este OEA utiliza/no utiliza agua no potable, por ejemplo, para la prevención de incendios, la producción de vapor, la refrigeración y otros usos semejantes, deberá circular por una canalización independiente debidamente señalizada. El agua no potable no contiene ninguna conexión con la red de distribución de agua potable ni habrá posibilidad alguna de reflujo hacia ésta. Este OEA utiliza/no utiliza agua reciclada en el proceso de transformación o como ingrediente y no representa riesgos de contaminación. Esta es de una calidad idéntica a la del agua potable. Este OEA utiliza/no utiliza hielo que va a estar en contacto con los productos alimenticios o que pueda contaminarlos y se elabora con agua potable o, en caso de que se utilice para refrigerar productos de la pesca enteros, con agua limpia. Este hielo se elaborarse, manipula y almacena en condiciones que lo protegen de toda contaminación y en concreto se manipula de la siguiente forma: ____________________________________________________________.
Este OEA utiliza/no utiliza vapor de agua en contacto directo con los productos alimenticios y este vapor no contiene ninguna sustancia que entrañe peligro para la salud o pueda contaminar el producto.
En concreto se obtiene y utiliza de la siguiente forma:___________________________________________________________.
Se dispone de de medios de ventilación mecánica/natural consistentes en _______________________. Y se evitan las corrientes de aire mecánicas desde zonas contaminadas a zonas limpias. El sistema de ventilación se ha construido de tal modo que puede accederse fácilmente a los filtros y a otras partes que haya que limpiar o sustituir. Todos los sanitarios disponen de suficiente ventilación natural/mecánica. Consistente en______________________________________. 

PROGRAMA, ÁREA O PGH DE PERSONAL.
CAPÍTULO VIII HIGIENE DEL PERSONAL

Todas las personas que trabajen en una zona de manipulación de productos alimenticios mantienen un elevado grado de limpieza y llevan una vestimenta adecuada, limpia y protectora. Los manipuladores visten de la siguiente forma: ____________________________. Si una persona de los manipuladores padece una enfermedad que pueda transmitirse a través de los productos alimenticios, o está aquejada, por ejemplo, de heridas infectadas, infecciones cutáneas, llagas o diarrea, no manipula los productos alimenticios ni a entrar bajo ningún concepto en zonas de manipulación de productos alimenticios cuando exista riesgo de contaminación directa o indirecta. CAPÍTULO XII FORMACIÓN Se garantizara la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral y se hará de la siguiente forma: ________________________________________.
Los trabajadores y asesores externos que tienen a su cargo el desarrollo y mantenimiento del SGSA (PPR-APPCC-TRAZABILIDAD) han recibido una formación adecuada en lo tocante a la aplicación de estos principios, y consiste en: _________________________________________. así mismo se garantiza por este OEA el cumplimiento de todos los requisitos de la legislación nacional relativa a los programas de formación para los trabajadores de determinados sectores alimentarios. PROGRAMA, ÁREA O PGH DE CONTROL DE TEMPERATURA DEL ENTORNO DE ALMACENAMIENTO. En el APPCC se determina que las instalaciones de este OEA deben ofrecer unas condiciones adecuadas de manipulación y almacenamiento a temperatura controlada y capacidad suficiente para poder mantener los productos alimenticios a una temperatura apropiada que se pueda comprobar y registrar. Las materias primas, ingredientes, productos semiacabados y productos acabados que puedan contribuir a la multiplicación de microorganismos patógenos o a la formación de toxinas se conservan a temperaturas que no puedan dar lugar a riesgos para la salud, estas temperaturas para los diferentes tipos de alimentos son: _____________________________. No se interrumpirse la cadena de filo, salvo por necesidades prácticas de manipulación durante la preparación, transporte, almacenamiento, presentación y entrega de los productos alimenticios, siempre que ello no suponga un riesgo para la salud. Los productos se conservan o servirse a bajas temperaturas, y se refrigeran cuanto antes, una vez concluida la fase del tratamiento térmico, o la fase final de la preparación en caso de que éste no se aplique, a una temperatura que no dé lugar a riesgos para la salud. La descongelación de los productos alimenticios se realiza de forma que se reduce al mínimo el riesgo de multiplicación de microorganismos patógenos o la formación de toxinas. Ya que durante este proceso los productos alimenticios están sometidos a temperaturas que no supongan un riesgo para la salud y en el caso de los alimentos de producen líquido resultante de este proceso se drena adecuadamente. Una vez descongelados, los productos alimenticios se manipulan de tal modo que se reduce al mínimo el riesgo de multiplicación de microorganismos patógenos o la formación de toxinas, para ellos se han adoptado las siguientes medidas de control derivadas del APPCC: _______________________________. Ya que así lo determina el APPCC como medida de control los receptáculos de vehículos o contenedores utilizados para el transporte de productos alimenticios son capaces de mantener los productos alimenticios a la temperatura adecuada y de forma que se pueda controlar dicha temperatura.

PROGRAMA, ÁREA O PGH DE METODOLOGÍA DE TRABAJO.
CAPÍTULO IV TRANSPORTE

Los receptáculos de vehículos o contenedores utilizados para transportar los productos alimenticios tienen un diseño y están construidos con materiales tales como : _____________. Cuando se usan vehículos o contenedores para el transporte de cualquier otra cosa además de productos alimenticios, o para el transporte de distintos tipos de productos alimenticios a la vez, existe en ellos ya que así lo determina el APPCC una medida de control consistente en una separación efectiva de los productos, basada en: __________________________________. Los productos alimenticios a granel en estado líquido, granulado o en polvo se transportan en receptáculos, contenedores o cisternas reservados para su transporte. En los contenedores figura una indicación, claramente visible e indeleble sobre su utilización para el transporte de productos alimenticios, o bien la indicación «exclusivamente para productos alimenticios». Los productos alimenticios cargados en receptáculos de vehículos o en contenedores se colocan y protegen de forma que se reduzca al mínimo el riesgo de contaminación, por tal motivo se seguirá la siguiente pauta de estiba:________________________________________.

CAPÍTULO X REQUISITOS DE ENVASADO Y EMBALAJE DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS Los materiales utilizados para el envasado y el embalaje no deberán ser una fuente de contaminación y portal motivo cuentan con Declaración de Conformidad y se respetan las caducidades y demás recomendaciones del fabricante indicadas en esta declaración. Los envases se almacenan de forma que no estén expuestos a ningún riesgo de contaminación y además se siguen las recomendaciones del fabricante, consistente en: __________________. Las operaciones de envasado y embalaje se realizan de la siguiente forma: ______________________ para evitar la contaminación de los productos. En caso de tratarse de latas y tarros de vidrio, se garantiza la integridad de la construcción del recipiente y su limpieza ya que se han adoptado las siguientes medidas: _______________________________________________________________________________. Los envases y embalajes que que se reutilicen son fáciles de limpiar y como así lo determina el APPCC como medida de control de desinfectar. 

CAPÍTULO XI TRATAMIENTO TÉRMICO

Este OEA utiliza/no utiliza tratamiento térmico a productos alimenticios que estén en recipientes herméticamente cerrados y el agua utilizada para enfriar éstos después del tratamiento térmico no es una fuente de contaminación de los productos alimenticios, esto es así por las siguientes razones: ______________________________________________________. Como el OEA elabora alimentos comercializados en recipientes herméticamente cerrados garantiza que:
• Cualquier proceso de tratamiento térmico utilizado para la transformación de productos sin transformar o para seguir transformando productos transformados debe: ◦ mantener todas las partes del producto tratado a una temperatura determinada durante un periodo de tiempo determinado; y ◦ evitar la contaminación del producto durante el proceso.
• Para garantizar que el proceso empleado consigue los objetivos deseados, el operador de esta empresa alimentaria controlará regularmente los principales parámetros pertinentes (en particular, la temperatura, la presión, el cierre y la microbiología), y se hará mediante el uso de dispositivos automáticos.
• 3. El proceso utilizado cumple las normas reconocidas internacionalmente (por ejemplo, la pasteurización, la temperatura ultra alta o la esterilización), estas son: _________________________________________________________________________.

PROGRAMA, ÁREA O PGH DE CULTURA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA. CAPÍTULO V BIS. REDISTRIBUCIÓN DE ALIEMENTOS.
CAPÍTULO XI BIS. CULTURA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA.

Para este programa se trataría de dar respuesta y explicaciones de las medidas que se van a tomar en todos los aspectos que cita la norma. Una vez visto lo que podrían ser unos PPR hay que centrarse en el APPCC y lo más importante de estos es la GESTIÓN DE LOS PELIGROS. Se han desarrollado varios modelos de CG para dar una mayor información sobre las diferentes posibilidades y puede que estos no sean perfectos, pero si creemos que serán útiles para la comprensión de este trabajo. ¿Se puede hacer mejor?, posiblemente si, pero como ya se ha dicho todos estamos aprendiendo. Puede que se note que no se contemplan ciertos peligros pero como ya hemos dicho no se van a tener en cuenta peligros que se controlen con PPR ya que estos deben estar aclarados en los Programas de PPR, no obstante en alguno de ellos se puntualizara la razón de su ausencia. Comenzamos con un minorista, no sin antes advertir que este APPCC no es perfecto y que posiblemente contenga ciertos errores. Por una mal entendida flexibilidad en algunas zonas geográficas se les ha liberado a los minoristas de tener un APPCC, veremos que este en este tipo de OEA es factible y que no es tan complicado. No olvidemos que la flexibilidad debe estar dentro de los tres pilares de un SGSA y que no debe ser ausencia de alguno de ellos. Ademas se observara que si no se aplica el APPCC a un minorista se nos escapan MCGE y MCE que surgen del APPCC y por supuesto no se identifican PCC.

lunes, 4 de mayo de 2026

EL PELIGRO QUÍMICO DE LOS PERCLORATOS.

En el ultimo par de años se ha dado una mayor relevancia y podríamos decir que se ha puesto de moda un peligro químico conocido por el nombre de CLORATOS y PERCLORATOS. Que se presenta en ocasiones en el agua en la industria alimentaria y por supuesto en la de consumo publico.

Es importante aclarar un punto clave: la Unión Europea (UE) sí regula y considera peligrosos a ambos peligros, pero los clasifica en categorías legales distintas debido a su origen.

La confusión suele venir de que el PERCLORATO se regula como un "contaminante" (en la legislación de seguridad alimentaria general), mientras que el clorato se regula bajo la normativa de "residuos de plaguicidas".

El PERCLORATO es el Contaminante. Ya que se considera un contaminante ambiental. Esto significa que su presencia en los alimentos no suele ser intencionada, sino que proviene del entorno. Su origen puede estar de forma natural en los depósitos minerales y fertilizantes, o como subproducto de la degradación de desinfectantes clorados. Esta regulado como contaminante en el Reglamento (UE) 2023/915, que establece límites máximos para sustancias que no deberían estar en los alimentos pero que aparecen por causas ambientales o industriales. Y su riesgo se presenta al inhibir la absorción de yodo en la tiroides, crucial para la producción de hormonas tiroideas. En bebés y fetos, esto puede provocar deficiencia de yodo, afectando gravemente el desarrollo neurológico y cerebral lo cual es crítico para bebés y mujeres embarazadas.

Por el contrario el CLORATO es un plaguicida prohibido. Y no se clasifica como contaminante general porque, históricamente, se usaba como herbicida. Su origen esta en que antiguamente era un pesticida activo. Hoy en día, su presencia en los alimentos suele ser un efecto secundario del uso de desinfectantes (como el HIPOCLORITO DE SODIO) para lavar frutas o potabilizar agua. Esta regulado y prohibido su uso por el Reglamento (CE) 396/2005 (sobre límites máximos de residuos de plaguicidas). Además es importante hacer notar que aunque se regule como "plaguicida", el Reglamento (UE) 2020/749 fijó límites específicos para el CLORATO reconociendo que ahora aparece principalmente por el uso de desinfectantes necesarios para la higiene alimentaria.

En conclusión, ambos están prohibidos o estrictamente limitados. La diferencia es simplemente administrativa: el PERCLORATO se trata como "suciedad" ambiental y el CLORATO como un "químico de uso agrícola/biocida" .

No vamos a entrar en cual es su aspecto legal como peligro químico que se debe contemplar en todo SGSA, ojo, solo si procede ya que puede o no aparecer dependiendo del tipo de industria, origen del agua, método de desinfección, etc.

Si bien los CLORATOS se regulan como residuos de plaguicidas su derivado por oxidación se regula como contaminare en el Reglamento 2023/915, estamos hablando de los PERCLORATOS.

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha establecido dos valores de referencia toxicológica para proteger la salud, especialmente para evitar la inhibición de la absorción de yodo:

Ingesta Diaria Tolerable (IDT): 3 \mug/kg de peso corporal al día.

Dosis de Referencia Aguda (DRfA): 36 \mug/kg de peso corporal (para exposiciones en un solo día).

Así mismo la Comisión Europea ha incluido al PERCLORATO en los programas plurianuales de control para 2026, 2027 y 2028. Esto significa que habrá inspecciones frecuentes para asegurar que los niveles no superen los límites permitidos. Y a partir de 2025 y 2026, la UE ha reforzado estos protocolos mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/854 y el marco general del Reglamento (UE) 2017/625 (sobre controles oficiales).

Se sabe que los productos donde mas frecuentemente se presentan los PERCLORATOS y CLORATOS son:

Frutas y hortalizas tanto frescas como congeladas.

Frutas tropicales.

Incluso en Productos ecológicos, no obstante la UE decidió que una detección de clorato no invalida automáticamente el certificado ecológico, siempre que se demuestre que proviene de la red de agua o desinfección obligatoria por higiene.

El informe de control estándar (como el de la EFSA de 2024/2025) arroja los siguientes datos de distribución:



Resultado del Análisis (CLORATOS)

Porcentaje aproximado de muestras

No detectado (<0,01 mg/kg)

60%

Detectado pero por debajo del LMR

36%

Superior al LMR (Incumplimiento)

3% - 4%

Los productos implicados en alertas últimamente han sido:

  • Hierbas Aromáticas (Cilantro y Albahaca): Procedentes principalmente de países del sudeste asiático y norte de África. Se han detectado niveles de hasta 1,2 mg/kg (muy por encima del límite permitido).

  • Vegetales Congelados (Brócoli y Coliflor): Varias alertas en lotes procedentes de plantas de procesado en Europa del Este, debido a una desinfección excesiva del agua de escaldado.

  • Frutas Exóticas (Pitahaya y Papaya): Rechazos en puertos de entrada (principalmente España y Países Bajos) de lotes provenientes de Sudamérica.

  • Alimentos Infantiles: Aunque son raros, ha habido retiradas preventivas por niveles de 0,02 mg/kg (el límite es muy estricto: 0,01 mg/kg).

No obstante la tendencia de la presencia de CLORATOS y PERCLORATOS en alimentos es decreciente y esto es lo interesante, ya que cada vez en base al APPCC se toman mejores medidas de control especificas (MCE).

Aunque parezca ya tarde citarlo, mi intención u objetivo con este texto es describir que Medidas de Control Especificas (MCE) que se pueden tomar en la industria alimentaria para evitar la presencia de este peligro químico. Ya que evidentemente no se elimina este peligro químico solo con los PPR.

Pero antes hay que saber que cuando se utiliza un HIPOCLORITO para la desinfección del agua lo que suele ocurrir es que se forme ÁCIDO HIPOCLOROSO. Pero en ciertas condiciones de pH alto (cercano a 8) y elevada temperatura no se forma HIPOCLOROSO y se ve facilitada la formación de CLORATOS. No obstante un pH más bajo (entre 5.0 y 7.0) es mejor para la desinfección porque aumenta la efectividad del ácido HIPOCLOROSO (HOCl) al haber mayor formación de este, pero no reduce significativamente la formación de CLORATOS, que son un subproducto estable de la degradación del cloro. Mas adelante los CLORATOS se pueden oxidar y pasar de ClO3 a ClO4 y así aparecen los PERCLORATOS.

La pregunta es, ¿Como la industria puede reducir la presencia de CLORATOS en el agua que se utiliza como ingrediente o para desinfectar verduras o lavar alimentos?.

Hay dos tipos de medidas:

  • Previas a la adición del HIPOCLORITO.

  • Después de la adición del HIPOCLORITO.

Cuales serian las medidas previas:

  • Utilizar un HIPOCLORITO de calidad.

  • Almacenar el HIPOCLORITO en un lugar fresco, se supone que cada 5ºC se reduce la formación de CLORATOS en un factor 2. se recomida almacenar a menos de 20ºC.

  • Comprobar el pH del HIPOCLORITO antes de su uso, debe estar entre 11 y 13. A un pH de 11 o menor hay una rápida descomposición del HIPOCLORITO en CLORATOS. No obstante se debe tener en cuenta que que un pH elevado favorece la aparición de TRIHALOMENTANOS (THM).

  • Almacenar como máximo 10 ó 15 días el HIPOCLORITO en las instalaciones y realizar pedidos frecuentes de poca cantidad.

  • Dosificar el HIPOCLORITO en régimen turbulento, es un deposito con capacidad de agitar el agua para que favorecer las reacciones.

  • Utilizar en el deposito varios puntos de cloración.

  • Utilizar agua para la limpieza y desinfección, así como ingrediente o lavado de verduras con la menor concentración de cloro. Debemos olvidarnos de las 200 u 80 ppm que recomendaban algunas guías. Con 1 ó 2 ppm se pueden obtener los mismos resultados, basta con ampliar el tiempo de contacto. La eficiencia de la desinfección no se basa solo en la cantidad de HIPOCLORITO, también influye su calidad y tiempo de contacto del HIPOCLOROSO.

Cuales serian las medidas posteriores:

  • Tratamiento del agua clorada a través de una reducción con sales de hierro. Por ejemplo el SULFATO FERROSO que reduciría los CLORATOS transformándolos en iones cloro.

  • Filtración del agua tratada por ÓSMOSIS INVERSA.

  • Tratamiento del agua por filtración en CARBÓN ACTIVADO GRANULAR. Que además es un catalizador si se combina con agentes reductores como el SULFATO DE HIERRO.

  • Aclarar muy bien las verduras tras su desinfección.

  • Evitar la reutilización de envases lavados o higienizados.

  • Utilizar otros desinfectantes como el ÁCIDO PERACÉTICO mezclado con PERÓXIDO DE HIDRÓGENO, DIÓXIDO DE CLORO, OZONO, etc.

Casi para finalizar supongamos este peligro químico en dos de los productos mas representativos en Andalucía. El aceite de oliva y el jamón curado o serrano.

El aceite de oliva es un producto de BAJO RIESGO para este peligro QUÍMICO de los CLORATOS. El CLORATO es una molécula hidrosoluble (se disuelve en agua, no en grasa). Durante la extracción del aceite (en ambas centrifugaciones, decanter y vertical), el agua de la aceituna y el agua añadida se separan del aceite. Los CLORATOS se van mayoritariamente con el "alpechín" (el residuo acuoso), dejando el aceite prácticamente limpio. En los programas de control de 2024 y 2025, el aceite de oliva apenas ha registrado alertas. Si aparece CLORATO, suele ser por un lavado excesivo de la aceituna con agua muy clorada justo antes de la molienda.

En el caso del jamón curado la cosa cambia, porque el jamón es un producto procesado donde se utiliza sal y agua. Así el CLORATO puede aparecer como impureza de la sal, aunque no es muy frecuente. El jamón no es un producto habitual en las alertas de clorato. Las alertas en el sector cárnico suelen darse más en canales frescas (pollo o cerdo) que se lavan con agua clorada, pero en el jamón curado, el largo proceso de maduración y la ausencia de lavados finales reducen este riesgo.

Por ultimo los CLORATOS se asocian como peligro químico en varias fases, y estas fases pueden ser en ocasiones un PCC, así encontraremos por ejemplo estas:

LAVADO DE CANALES EN EL MATADERO.

Si hay abundantes CLORATOS en el agua estos se pueden absorber por la grasa y el tejido muscular. En este caso habría que valorar si todas las medidas de control corrigen eficazmente la presencia de los CLORATOS en el agua para que no estén presentes. Si no es así, estaremos ante MEDIDAS DE CONTROL ESPECIFICAS MITIGANTES y en la tercera pregunta del ADDPCC habría que contestar que Si y seria un PCC. Ya podría darse un aumento del peligro QUÍMICO en esa fase o paso.

ENFRIAMIENTO POR INMERSIÓN DE CANALES DE POLLO O MARISCOS, (Chilling).

En el caso de aves, el uso de tanques de agua fría con cloro es la fuente principal de contaminación. Estaríamos en el caso anterior, si hay posibilidad de presencia de CLORATOS en el agua a pesar de tomar las MCE, seria otro PCC. Porque el peligro químico puede crecer en esta fase.

Lo mismo ocurriría con el ACLARADO DE VERDURAS previamente tratadas con agua de lavado. Ya que la fase estaría pensada para eliminar este peligros y así se contestaría positivamente a la segunda pregunta del ADDPCC y seria un PCC esta fase de aclarado. Pues estaría concebida para eliminar el peligro QUÍMICO.


¿Debido a que existe el Reglamento 2024/2895?.

Creo que se le puede dar otra vuelta al tema de la Listeria monocytogenes ya que me he preguntado ¿Por que se ha modificado el Reglamento 20...