Este
apartado esta extraído del modelo de informe que se utiliza en
Andalucía y en mi opinión es muy necesario ya que ayuda a ubicar la
actividad dentro del contexto normativo. Es simple, toda y repito
toda la legislación que afecte al OEA y sus productos. Esto es
importante ya que muchos peligros están normalizados o legislados y
por tanto se tendrán que tener en cuenta siempre sin entrar en
valoraciones de peligrosidad, gravedad, frecuencia y posibilidad.
Este
apartado no esta presente en el CODEX y en el DOESA tampoco se
incluye. Aunque para el DOESA he de decir que en el apartado de ficha
técnica se cita que se hará una clasificación del producto según
su norma especifica, pero desde un punto de vista de calidad y si
procediera. En mi opinión esta ausencia es un error grave que se
tuvo cuando este documento se elaboró, ya que la legislación te
marca PPR, MCE y MCC.
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